TEEH sesiona con traducción a lengua indígena
PACHUCA DE SOTO, 13 MAR/News Hidalgo/.- Durante la sesión plenaria de resolución, magistradas y magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo resolvieron tres Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, dos Incidentes de Cumplimiento de Sentencia y un Procedimiento Especial Sancionador.
Héctor Rodríguez López y otros, quienes se acreditaron como regidores del municipio de Atotonilco de Tula interpusieron un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, bajo el expediente TEEH-JDC-006/2020 y sus acumulados, a través del cual demandaron al presidente municipal y a la tesorera de esa localidad el pago de su remuneración durante periodo de tres meses de octubre a diciembre de 2019, así como el aguinaldo correspondiente de esos meses.
En tanto, el presidente municipal mediante informe circunstanciado admitió el acto que reclaman los regidores como una sanción de suspensión de remuneraciones durante tres meses por haber incurrido en conductas de responsabilidad administrativa.
El pleno del TEEH aprobó la propuesta de la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada de declarar improcedente y sobreseer las pretensiones de los regidores de recibir el pago de esos tres meses, derivado de que la sanción impuesta de responsabilidad administrativa no es de naturaleza electoral y no transgrede el derecho político de ser votado, así como remitirlo al Tribunal de Justicia Administrativa. Sin embargo, declararon fundado la parte del agravio que consiste en la percepción del aguinaldo, por lo cual ordenaron al ayuntamiento el pago del mismo correspondiente a los meses de enero a septiembre de 2019.
Referente a la queja interpuesta como Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-011/2020) por parte de Lorenzo Tolentino Ríos y otros, en contra del Ayuntamiento de Huehuetla por la omisión a su petición, inscrita el 10 de noviembre de 2019, para contar con un representante de origen indígena ante el cabildo.
Los magistrados votaron a favor de la propuesta de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo de ordenar al Ayuntamiento que por conducto de su sindica dé respuesta a la solicitud con fecha de 10 de noviembre de 2019 y hacerlo del conocimiento de los actores demandantes en un plazo que no exceda los tres días, posteriormente remita las constancias que avalen el cumplimiento de la sentencia, además en un periodo máximo de dos meses concluya el proceso para la elección de la representación indígena ante el Ayuntamiento.
Asimismo, el Ayuntamiento deberá emitir una convocatoria en un plazo de 10 días con traducción a la lengua Tepehua para la elección del representante de origen indígena. A su vez el presidente municipal debe prever que se publique la misma en los estrados del Ayuntamiento, en cada uno de las oficinas de la presidencia, en los boletines oficiales, en las comunidades y a través de perifoneo. Al concluir dicho proceso de elección, se reconozca e inicie funciones el representante indígena, acto que conste en una acta e informe al órgano jurisdiccional el cumplimiento de la sanción.
Esta sentencia fue traducida a la lengua Tepehua de Huehuetla por la traductora Florentina Tolentino Escamilla.
En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano interpuesto por Julio Alberto Cruz Micete, mediante el expediente TEEH-JDC-026/2020, a través del cual acusa al Secretario Ejecutivo y la Dirección Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo de negativa verbal a su queja. Toda vez que el pasado 18 de febrero de 2020 impuso un juicio de denuncia en el que señaló a esas autoridades de agravios idénticos; la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo propuso desechar la demanda por actualizarse la eficacia del asunto juzgado, así como notificarlo a las partes interesadas. Sentencia ratificada por el pleno.
Al advertir, los magistrados, que la denuncia presentada por Elvira Ruiz Hernández a través de un Procedimiento Especial Sancionador con expediente TEEH-PES-004/2020 en contra de José Luis Lima Morales por actos anticipados de campaña a través de contenidos publicados en su cuenta de Facebook, videos con mensaje dirigidos a militantes de Morena y notas periodísticas tendientes a posicionarse entre el electorado, vulnera el principio de equidad política en el actual proceso electoral.
Por tal motivo aprobaron el estudio realizado por la ponencia del magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, que dicta amonestación pública y ordena como sanción el retiro de las publicaciones de su cuenta de Facebook en un plazo de 48 horas, así como evitar promocionar su imagen en tanto no obtenga la precandidatura.
Referente al Incidente de Cumplimiento de Sentencia, expediente TEEH-JDC-148/2019-INC-4, a cargo de la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada, expuso que el presidente municipal de Francisco I. Madero, Lucas Pablo Guzmán Isidro, no comprobó haber proporcionado la información completa de los años 2012 a 2016, 2017, 2018 y 2019 a los regidores como se determinó en la sentencia.
Por ello, los magistrados fallaron como incumplida la sentencia por parte del presidente municipal y a fin de restituir a los regidores en el uso y goce de sus Derechos Político-Electorales dar vista al Congreso estatal para que determine en el ámbito de su competencia lo que corresponda; ordenaron al secretario municipal remitir la constancia de esta resolución y dar cumplimiento en 48 horas.
Por último, al dar cuenta del asunto de Eduardo Ogando Mouriño, Incidente de Cumplimiento de Sentencia, expediente TEEH-PES-002/2020-INC-1, a cargo de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo.
Dieron por cumplida la sentencia del 14 de febrero del presente año, la cual estableció el retiro de publicaciones personales y expresiones en su perfil de Facebook que denotaban actos anticipados de precampaña y campaña, mediante acta circunstanciada. En ese sentido, ordenaron archivar el asunto y notificar a las partes.
Cada uno de los asuntos resueltos por el pleno del TEEH, fueron votados de manera unánime.