Congreso

Personas Adultas Mayores y sus derechos a una vida más digna

PACHUCA DE SOTO, 13 ABR/NEWS HIDALGO/.- Integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo aprobaron diversas iniciativas para modificar la Ley de los Derechos de Adultos Mayores del Estado de Hidalgo, las cuales tiene como objetivo, fortalecer las acciones del Estado y los municipios a ese sector de la población.

En la iniciativa aprobada se actualiza el glosario de la ley para incorporar aspectos importantes como son la atención médica, los cuidados paliativos y la violencia contra las personas adultas mayores.

También se incorporó que en todas las instituciones públicas y privadas deban contar con los recursos humanos sensibilizados y capacitados que brinden servicios a los adultos mayores para que se realicen procedimientos alternativos en los trámites administrativos.

Y se sustituye el término “adultos mayores” por el término “personas adultas mayores”, para homologarlo con la legislación federal, utilizando un lenguaje incluyente con perspectiva de género, en referencia a esta reforma se determinó por parte de los Integrantes de las Comisiones que actúan, que también era necesario el cambio de denominación de la vigente Ley para denominarse “LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ESTADO DE HIDALGO”.

De la misma forma, se fortalecen derechos como lo son el de la salud y a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a una vida libre de violencia, a la igualdad y no discriminación por razones de edad, a la libre expresión, a la vida y a la dignidad en la vejez, a la educación y derechos políticos.

Asimismo, se reforma para que las personas adultas mayores obtengan los beneficios de esta Ley con tan solo acreditar la edad, mediante identificación oficial. Igualmente, que la familia de las personas adultas mayores, deba permanente velar por cada una ellas, siendo responsable de mantener y preservar su calidad de vida, así como proporcionarles los satisfactores necesarios para su cuidado, atención, bienestar y desarrollo integral.

Del mismo modo se incluye que el lugar idóneo para el adulto mayor es su hogar y que sólo en caso de prescripción médica, decisión personal o la falta de condiciones propicias para su atención integral en el seno familiar, su cónyuge, concubinario o familiares podrán solicitar su ingreso en alguna institución de asistencia pública o privada dedicada al cuidado de los adultos mayores, procurando en todo momento la atención de sus necesidades psicoemocionales a efecto de mantener los lazos familiares y afectivos.

Se incluyó que dentro de la política pública a favor de las personas adultas mayores, se fomente e impulse la creación de centros de atención geriátrica y gerontológica; al igual que se promuevan acciones con el fin de incentivar a quienes presten servicio de transporte público y privado de pasajeros, y acondicionen sus unidades para transportar a personas adultas mayores con algún tipo de limitación física o discapacidad.

También se adiciona a las atribuciones de la Secretaría del Trabajo referidas en la citada Ley, el que promueva la contratación de adultos mayores conforme a su oficio, habilidad o profesión, sin más restricción que su limitación física o mental declarada por la autoridad médica o legal competente y el impulsar el desarrollo de programas de capacitación y organización de una bolsa de trabajo.

Otra de las reformas es que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, brinde los servicios de asistencia y orientación jurídica en forma gratuita, en especial aquellos que se refieren a la seguridad de su patrimonio, en materia de alimentos y testamentaria.

A las atribuciones de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial referidas en la citada Ley, se adiciona el que se instrumente y promueva en el ámbito de su competencia en coordinación con los municipios y los sectores público y privado, las políticas y programas que garanticen la ejecución de obras con los elementos constructivos y operativos que cumplan con los criterios necesarios de accesibilidad que permiten a cualquier persona adulta mayor desplazarse de manera segura, misma que será en coordinación con la Secretaría de Movilidad y Transporte.

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