Política

Necesario que alcaldías discutan uso obligatorio de cubrebocas en Hidalgo

PACHUCA DE SOTO, 29 MAR/NEWS HIDALGO/.- Durante la sesión ordinaria de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, las y los diputados locales aprobaron exhortar a los 84 municipios del Estado de Hidalgo para que en coadyuvancia con la Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo se continúe con la implementación de las medidas sanitarias y estas sean vigiladas, con el objetivo de evitar el rebrote de covid-19.

Requirieron a los 84 municipios del Estado de Hidalgo para adecuar o expedir normas reglamentarias atendiendo a sus facultades constitucionales y legales del uso obligatorio del cubrebocas, durante el tiempo que persista una emergencia sanitaria declarada previamente por la autoridad estatal competente.

Previo a ello, el Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que se integra de las y los diputados María Luisa Pérez Perusquía, Julio Manuel Valera Piedras, Mayka Ortega Eguiluz, José Luis Espinoza Silva y Adela Pérez Espinosa, promovieron dos iniciativas para modificar igual número de normas locales.

Valera Piedras explicó que, respecto a la Ley de Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático para el Estado de Hidalgo, se busca homologar lo establecido en la norma estatal con la Ley General de Cambio Climático sobre el seguimiento de los ejes principales en materia ambiental contenidas en el Acuerdo de París, en relación a combatir el cambio climático a partir de las reducciones de las emisiones de Bióxido de Carbono (CO2) y para mantener la temperatura mundial por debajo de los 2°C.

Ortega Eguiluz puntualizó que en la Ley de Planeación y Prospectiva para el Estado de Hidalgo, se pretende establecer que por conducto de la Presidencia del Comité de Planeación del Desarrollo Municipal, el Presidente Municipal Constitucional presentará a su Ayuntamiento en un término no mayor a seis meses a partir de la toma de posesión de su cargo, el Plan Municipal de Desarrollo o bien la adecuación del instrumento vigente, teniendo el Ayuntamiento un término máximo de 15 días naturales para su aprobación, entendiéndose que de no contar dentro del término señalado, con un nuevo Plan, se mantendrá en vigencia el documento de la administración gubernamental precedente.

Por su parte, la representante local, Areli Rubí Miranda Ayala, planteó adicionar los párrafos segundo y tercero al artículo 10 BIS del Código Electoral para el Estado de Hidalgo, a fin de incluir el texto: “Así mismo, no estar condenada o condenado mediante sentencia ejecutoriada, por delito doloso de acoso sexual o abuso sexual y/o delitos de violencia de género o por violencia familiar”, en relación a aspirantes a candidatos a cargos de elección popular.

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