Política

IEEH aprueba Reglas de Operación de propaganda para las Elecciones Cuautepec 2024

PACHUCA DE SOTO, 14 OCT /NEWS HIDALGO/.- Durante la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo General del mes de octubre del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), fueron aprobadas las Reglas de Operación para llevar a cabo el sorteo de los lugares de uso común susceptibles de ser utilizados por los Partidos Políticos, Candidaturas Comunes y Candidaturas Independientes para la colocación y fijación de la propaganda electoral durante el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024, así como la ratificación de los Lineamientos para garantizar que la propaganda de precampaña y electoral que se produzca, difunda y utilice en las etapas de precampañas y campaña se traduzca e interprete en las lenguas indígenas predominantes en el Estado de Hidalgo y sea accesible hacia las personas con discapacidad.

Reglas de Operación para llevar a cabo el sorteo de los lugares de uso común susceptibles de ser utilizados por los Partidos Políticos, Candidaturas Comunes y Candidaturas independientes para la colocación y fijación de la propaganda electoral durante el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024

En cuanto a las Reglas de Operación para llevar a cabo el sorteo de los lugares de uso común susceptibles de ser utilizados por los Partidos Políticos, Candidaturas Comunes y Candidaturas Independientes para la colocación y fijación de la propaganda electoral durante el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024, se mencionó que éstas tienen la finalidad de establecer el procedimiento para realizar las gestiones ante las autoridades municipales sobre los lugares de uso común disponibles, así como las actividades que, en su caso, deba efectuar el Consejo Distrital Electoral 18 para la verificación de los lugares, la elaboración del Catálogo y la realización del sorteo. 

Según la legislación local vigente, para la colocación de propaganda electoral los Partidos Políticos y Candidaturas podrán colgar propaganda electoral en bastidores y mamparas siempre que no los dañen, impidan la visibilidad de conductores de vehículos o la circulación de peatones, y podrá colgarse o fijarse en lugares de uso común que determinen esta Autoridad Administrativa Local así como las Autoridades Municipales.

Con la aprobación y emisión de estas Reglas este Instituto Electoral garantiza que los Partidos Políticos, Candidaturas Comunes y Candidaturas Independientes tengan acceso a los espacios de uso común en condiciones de equidad.

Lineamientos para garantizar que la propaganda de precampaña y electoral que se produzca, difunda y utilice en las etapas de precampañas y campaña se traduzca e interprete en las lenguas indígenas predominantes en el Estado de Hidalgo y sea accesible hacia las Personas con Discapacidad, así como la modificación del Anexo III que será aplicable durante el Proceso Electoral Local extraordinario 2024

Respecto a la aprobación de la ratificación de los Lineamientos para garantizar que la propaganda de precampaña y electoral que se produzca, difunda y utilice en las etapas de precampañas y campaña se traduzca e interprete en las lenguas indígenas predominantes en el Estado de Hidalgo y sea accesible hacia las personas con discapacidad, así como la modificación del Anexo III, que será aplicable durante el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024 para la renovación del Ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, se precisó que dada la vinculación que guardan el pasado Proceso Electoral Local 2023-2024 y el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024, la ratificación de estos Lineamientos no interfiere en el normal desarrollo, organización y vigilancia de los comicios extraordinarios, además de que al haber tenido aplicación en aquel Proceso no vulnera los principios constitucionales que rigen los Procesos Electorales, asimismo, se mencionó que tomando en consideración los periodos de precampaña y campaña, resultó pertinente modificar el Anexo III de dichos Lineamientos respecto de los plazos señalados en la entrega de los Informes manteniendo en sus términos los Anexos I y II.  

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