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Garantiza TEEH acceso a la justicia en el ámbito de su competencia

PACHUCA DE SOTO, 11 SEP/News Hidalgo/.- Declaró el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos al Partido Revolucionario Institucional (PRI) mediante el Procedimiento Especial Sancionador TEEH-PES-010/2020, promovido por Rafael Sánchez, representante propietario del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH).

Lo anterior derivado de la acusación contra el PRI por haber pintado unas bardas con sus logos en las comunidades de San Juan Tizahuapan y Santa Mónica en Epazoyucan; sin embargo, estos actos no constituyen tal violación puesto que no contienen un mensaje explícito mediante el cual se invite a la población a votar por algún candidato.

Confirmaron los magistrados el acuerdo IEEH/CG/039/2020, emitido el pasado 12 de agosto de 2020 por el Consejo General del IEEH, relativo a la reintegración de remanentes del Proceso Electoral 2017-2018; documento impugnado por el Partido Nueva Alianza Hidalgo mediante el Recurso de Apelación TEEH-RAP-NAH-005/2020. Tal resolución derivó del planteamiento sobre que no le asiste la razón a Nueva Alianza, ya que el requerimiento fue realizado legalmente y además la obligación de los partidos para devolver los remanentes prescribe en un lapso de cinco años.

Por unanimidad de votos, desecharon el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEH-JDC-119/2020, registrado por César Cruz Benítez, en su calidad de persona indígena de la comunidad de San Ildefonso, en contra de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado por su omisión para dar respuesta al documento que presentó el pasado 27 de julio de este año; toda vez que el Congreso local es la única autoridad competente para conocer y resolver los asuntos relativos a la integración de todos los Concejos Municipales.

Por otra parte, determinaron desechar el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEH-JDC-142/2020 y su acumulado, promovido por Giovanni Flores Mimila en contra del Consejo General del IEEH por no dar respuesta a su consulta; luego de que el Instituto Estatal Electoral acreditó que el pasado 3 de septiembre del año en curso contestó dicha consulta, acción con la que cesaron los efectos de la demanda.

Al no haber sido ratificado el medio de impugnación a través de la plataforma Zoom, los magistrados aprobaron el desechamiento del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEH-JDC-147/2020, promovido por Antonio Ciro Chávez Gómez, en su carácter de protagonista del Cambio Verdadero y aspirante a regidor del Ayuntamiento de El Cardonal, en contra de diversas autoridades de Morena.

El pleno del TEEH se declaró incompetente y remitió al Congreso del Estado el original de los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano: TEEH-JDC-159/2020 y TEEH-JDC-180/2020, promovidos por María Elena Jiménez Guzmán y Juan Daniel Olguín Zerón, contra la integración de los Concejos Municipales en Tezontepec de Aldama y Atotonilco El Grande, respectivamente; al considerar que los asuntos relacionados con la designación e integración de los Concejos Municipales no está relacionado con la materia electoral y es competencia del Congreso local.

Consulta el video de la Sesión Plenaria en YouTube: https://youtu.be/afKBF91VuFk?t=678

 

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