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Ayuntamiento de Pachuca ordena cierre de espacios públicos por Coronavirus

PACHUCA DE SOTO, 19 MAR/News Hidalgo/.- Durante la Octogésima Quinta Sesión de Cabildo, el Ayuntamiento de Pachuca aprobó por unanimidad de votos el proyecto de Decreto sobre las Disposiciones Administrativas de Observancia General para la Atención de la Pandemia COVID-19 en Pachuca de Soto, Hidalgo.

CONSIDERANDO:

Que en las últimas semanas el planeta ha registrado una pandemia, así declarada por la Organización Mundial de la Salud el pasado 11 de marzo, relacionada con el virus COVID-19 que tiene tasas de contagio exponenciales y que potencialmente puede afectar a la mayor parte de la población mundial.

Que la Organización Mundial de la Salud y las autoridades sanitarias mexicanas han recomendado una serie de medidas para disminuir la posibilidad de contagio que descansan, principalmente, en hábitos de higiene más estrictos, el mantenimiento de reglas de distanciamiento social y acciones para evitar la aglomeración de personas.

Que para coadyuvar con las autoridades sanitarias y procurar las mejores condiciones humanas y sociales en nuestro Municipio para enfrentar la contingencia sanitaria se aprueban las siguientes:

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL PARA LA ATENCIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19 EN PACHUCA DE SOTO, HIDALGO

  1. Durante la vigencia de estas Disposiciones deberán suspender actividades en forma total los centros nocturnos, discotecas, bares, cantinas, cines, teatros, parques de diversiones y temáticos, casinos, templos, escuelas de cualquier nivel educativo, guarderías, bibliotecas, museos, centros comunitarios, casas de cuidado diurno para adultos mayores, gimnasios, salones de fiestas, videojuegos, servicios de valet parking y comercio en vía pública. Esta Disposición aplicará para cualquier otro establecimiento, independientemente de su denominación o razón social, que favorezca la aglomeración de personas.
  2. Los establecimientos comerciales, industriales y de servicios no relacionados en la Disposición anterior deberán: Limitar la ocupación simultánea de personas (incluyendo directivos, personal administrativo y operativo, visitantes, clientes y proveedores) a un máximo del 25 por ciento de su capacidad. Instalar en sus puntos de acceso estaciones sanitarias con gel antibacterial base alcohol al 70 por ciento de uso obligatorio para empleados y público. Limpiar y desinfectar elementos, muebles, herramientas y equipo de uso común, por lo menos cada dos horas con agua hiperclorada al 13 por ciento. Evitar la permanencia de personas al interior de las instalaciones. Asegurar medidas de distanciamiento social de por lo menos un metro entre las personas. Limitar el uso de elevadores a personas cuya movilidad esté restringida por su edad, condición física o condición de discapacidad. El personal que prepare alimentos o atienda al público deberá portar red para el cabello, cubre bocas y guantes desechables que deberán renovarse diariamente.
  3. Se suspenden los eventos masivos públicos y privados, incluyendo eventos deportivos y culturales, quedando revocadas las autorizaciones que hayan emitido las autoridades municipales competentes. Se exhorta a los vecinos a evitar actividades en parques, unidades y campos deportivos, vía pública y espacios abiertos en general.
  4. Continuarán prestándose en condiciones normales los siguientes trámites y servicios públicos: Atención de personas extraviadas, a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad y del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia. Limpia y recolección de residuos sólidos urbanos. Mantenimiento de parques y jardines. Servicios a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad. Atención de emergencias a cargo de la Dirección de Protección Civil, Bomberos y Gestión Integral de Riesgos. Atención médica general a cargo del Centro de Atención Médica y Diagnóstico del DIF Municipal.
  5. Se prestarán mediante guardias de las 8:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes, con el personal estrictamente indispensable para su atención eficaz, los siguientes trámites y servicios públicos: Unidad de Correspondencia de la Oficialía de Partes de la Presidencia Municipal. Número 070 para solicitud de servicios públicos, información sobre trámites municipales y orientación sobre la contingencia. Actos de verificación, inspección y fiscalización a cargo de las Direcciones de Reglamentos y Espectáculos Públicos; Desarrollo Urbano; Inspección y Vigilancia Ambiental; Sanidad Municipal; Mercados, Comercio y Abasto; y Protección Civil, Bomberos y Gestión Integral de Riesgos. Conmutador de la Presidencia Municipal. Servicio de mantenimiento y limpieza de las instalaciones del gobierno municipal. Talleres municipales. Módulo de registro para visitantes a la Casa Rule Oficinas administrativas de las Secretarías de Obras Públicas, Desarrollo Urbano, Vivienda y Movilidad y de Servicios Públicos Municipales. Servicios de laboratorio, odontología, ortopedia, rayos X, mastografías y ultrasonido del Centro de Atención Médica y Diagnóstico del DIF Municipal.
  6. Se prestarán mediante cita previa los siguientes trámites y servicios públicos: La Unidad Básica de Rehabilitación del DIF Municipal. Servicios de terapia psicológica a cargo del DIF Municipal. Servicio médico para los trabajadores del gobierno municipal. Servicios de inscripción de nacimientos y defunciones a cargo del Registro Familiar. Presentación de solicitudes para obtener licencia de construcción. Expedición de cartas de radicación. Las citas a que se refiere esta Disposición se obtendrán sin costo y sin necesidad de trámite alguno mediante llamada telefónica, mensajería instantánea (WhatsApp) o correo electrónico.
  7. Se mantendrá el funcionamiento normal de los trámites que se realizan en línea.
  8. El resto de los trámites y servicios públicos se atenderán a distancia mediante teléfono, mensajería instantánea (WhatsApp) o correo electrónico.
  9. Quedan exceptuados de presentarse a prestar sus servicios los servidores públicos municipales mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en lactancia, y personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodeficiencias.
  10. Se faculta a la Presidenta Municipal para modificar el esquema de prestación de trámites y servicios a que se refieren las Disposiciones Cuarta, Quinta y Sexta conforme la atención de la contingencia sanitaria lo requiera. La Presidenta Municipal podrá ordenar el cierre de parques y unidades deportivas públicas y la suspensión de actividades en dichos espacios.
  11. Se extiende la vigencia de los periodos autorizados por el Ayuntamiento para otorgar descuentos, subsidios o apoyos para el cumplimiento de obligaciones municipales de cualquier tipo al día 1º de mayo del año en curso.
  12. Se suspenden los operativos de inspección y fiscalización a cargo de las autoridades municipales relacionados con la verificación de la vigencia o renovación de licencias de funcionamiento de establecimientos mercantiles.
  13. Se mantienen vigentes los operativos relacionados con la inspección y vigilancia de las prohibiciones de los establecimientos mercantiles relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas y de estas Disposiciones Administrativas.
  14. Se suspenden los plazos exigidos por la reglamentación municipal para renovar licencias o pagar contribuciones, salvo que las mismas puedan desahogarse en línea.
  15. Las dependencias municipales organizarán la atención de los asuntos de su competencia mediante trabajo a distancia, para lo cual podrán disponer de equipo de cómputo institucional cuando resulte necesario previa suscripción de los resguardos correspondientes.
  16. Se suspende el uso del equipo para registro biométrico del personal municipal.
  17. El Ayuntamiento y sus Comisiones, Juntas de Gobierno de organismos descentralizados, Comités de Adquisiciones y de Obra Pública y demás cuerpos colegiados sesionarán por medios remotos. Los funcionarios que actúen como secretarios de dichos organismos levantarán y autorizarán con su firma las actas respectivas sin necesidad de que sean suscritas por el resto de los integrantes.
  18. La violación a las Disposiciones previstas en este Decreto será sancionada en los términos de los artículos 164 y siguientes de la Ley Orgánica Municipal y conforme al Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos

DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

  1. Estas Disposiciones Administrativas estarán vigentes a partir del día de su publicación en el portal de internet de la Presidencia Municipal y hasta el 19 de abril de 2020.
  2. Publíquese en dos diarios de los de mayor circulación en el Municipio.
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