Anulan contrato de parquímetros en Pachuca
PACHUCA DE SOTO, 18 Oct /News Hidalgo/.- Anuncia el senador, Julio Menchaca Salazar, acompañado por el regidor, Navor Rojas Mancera, que con base en la resolución emitida por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia Administrativa, se anula el Reglamento para el Control de Estacionamiento en las Vías Públicas regulado por parquímetros de Pachuca y en consecuencia el contrato de concesión para la operación de los mismos cuyos contratantes eran Moviparq y el Ayuntamiento municipal.
En conferencia de prensa, Menchaca Salazar y Rojas Mancera aseguraron que esta resolución también deja sin efecto la cláusula que establecía dicho contrato y que hacía referencia a una indemnización para la empresa por un monto de 197 millones de pesos en caso de rescindir dicho acto jurídico.
Destacaron que en la resolución se ordena a las partes para que dentro del término de 5 días hábiles acaten lo dictado y cancelen la operación y el cobro de los parquímetros. Así mismo subrayaron que se libera al Ayuntamiento del compromiso que tenía con la concesionaria.
Durante la presentación, se dio lectura a una parte de la sentencia que a la letra dice “por lo anterior se concluye que en el caso particular se actualiza el caso de nulidad prevista en la Fracción III, del artículo 66 Bis, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal Administrativo y consecuentemente se decreta la nulidad lisa y llana del acto administrativo, consistente en la aprobación del proyecto administrativo del Reglamento para el Control de Estacionamientos en la Vía Pública, regulado por parquímetros del municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, que autorizó el presidente municipal a concesionar al servicio público de Tránsito, al ser contrario a lo dispuesto en el artículo 141, Fracción I, de la Constitución Política para el Estado de Hidalgo; 109, párrafo Segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, 4 Fracción VI, de la Ley Estatal de Procedimiento Administrativo, lo que origina de forma directa e inmediata que los actos derivados de él o que se apoyen en él, o que en alguna forma están condicionados por él, resultan nulos por su origen”.
En consecuencia, el senador Julio Menchaca y el regidor Navor Rojas, explicaron que los puntos antes citados, nulifican todo acto derivado o consecuente en el reglamento para el control de estacionamientos en vía pública y el contrato de operación y administración a cargo de la empresa Moviparq, a quienes se les dio un plazo de 5 días para que cumplan la sentencia.