Alertan a la ciudadanía a no usar servicios no autorizados de transporte en Hidalgo
PACHUCA DE SOTO, 05 FEB /NEWS HIDALGO/.- La Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo (Semot) reitera a la población en general que:
Todas aquellas unidades del servicio de transporte de pasajeros que sean contratadas por medio de una plataforma electrónica o telefónica deben sujetarse a lo establecido en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, y su Reglamento.
Tratándose de medios electrónicos, todas las páginas y aplicaciones móviles relacionadas con dicha prestación, deberán estar registradas y autorizadas por el Organismo del Transporte Convencional y el Organismo del Transporte Masivo los cuales se encargarán de regularlas.
El servicio de transporte de pasajeros en la entidad únicamente puede ser prestado a través de autorización expedida por el Estado; las personas que incurran en esta falta se harán acreedoras a la imposición de una multa equivalente al importe de quinientas hasta seiscientas cincuenta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); si la persona infractora estuviera registrada como concesionaria o permisionaria, se incrementará la sanción un cincuenta por ciento, conforme a lo establecido en el artículo 289, fracción III de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo.
Además, incurre en delito conforme al artículo 344 del Código Penal para el Estado de Hidalgo que refiere:
A los que por cualquier medio, contraviniendo disposiciones legales, exploten sin la concesión o permiso correspondiente al servicio público de transporte en las vías de jurisdicción estatal y evadan el pago de los derechos de las mismas en perjuicio de la economía del Estado, se les sancionará con pena de prisión de dos a cinco años y al pago de la multa que será de acuerdo al valor de la concesión o permiso que tenga en la época en que se cometió el delito.
Cuando el infractor sea una persona jurídica colectiva, las penas anteriores serán impuestas al gerente, director, administrador o representante de las mismas que hubiesen intervenido en los hechos.
Se pondrán imponer también las penas o medidas de seguridad que establecen los artículos 70 y 71 de este Código, por el tiempo y modo que estime el juez.
Los vehículos instrumentos del delito serán decomisados en los términos de este Código, previo aseguramiento.
En caso de reincidencia la pena de prisión será de cinco a diez años
Se precisa a la ciudadanía que usar cualquier servicio no autorizado de transporte de pasajeros en vías estatales presupone un riesgo a su seguridad, toda vez que, tanto las personas conductoras como las unidades carecen de una regulación, control y registro de estos o de las personas conductoras.
Para reportar cualquier irregularidad en el servicio de transporte público la Semot reitera las vías de contacto del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH):
- Números telefónicos: 800 503 2002 ó 771 526 1284 en un horario de 8:30 a 16:30 horas.
- Dirección de correo electrónico: [email protected] las 24 horas del día.
- O acudir a las oficinas del STCH ubicadas en Avenida de los Prismas, No. 205, Col. La Colonia, Pachuca de Soto, Hidalgo, C.P. 42083. FOTO ILUSTRATIVA