Propone Felipe Lara que burócratas tengan flexibilidad de horario en jornada laboral
PACHUCA DE SOTO, 27 OCT / News Hidalgo /.- El Diputado Local Felipe Lara Carballo, subió a tribuna durante la sesión ordinaria número 144 del Congreso del Estado de Hidalgo para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al Artículo 17 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo.
Durante su exposición de motivos, el Diputado Local dijo que la educación tiene un papel fundamental en el desarrollo de las personas, tal como lo establece la Constitución Política.
Lara Carballo citó el artículo tercero de la Ley General de Educación señalando que el Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo, y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país.
“En la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Hidalgo se contemplan diversos artículos en los cuales se da protección al derecho a la educación, así como la corresponsabilidad del Estado y de los padres de familia teniendo derecho a intervenir en su educación, participar en su proceso educativo y proporcionarles las condiciones para su continuidad y permanencia”, afirmó.
Felipe Lara mencionó que la investigadora Sofía Domínguez, en su artículo: “La educación, cosa de dos: la escuela y la familia”, señala una serie de riesgos y límites en la colaboración de la familia y escuela entre los que destaca el horario de los padres para poder asistir a las reuniones y citaciones de la escuela y docentes, y que muchos padres debido a su trabajo, dentro y fuera de casa, tienen poco tiempo para dedicarle a la educación de sus hijos en la escuela.
Por ello, presentó una iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 17 que a la letra dice: Los titulares señalados en el artículo 2 de la presente ley, implementarán acciones para promover la flexibilidad de la jornada de trabajo, a fin de facilitar la participación de las servidoras y servidores públicos en las actividades de educación y desarrollo de sus hijas, hijos o pupilos. Las y los trabajadores no estarán obligados a reponer las horas de la jornada de trabajo destinadas a tal fin, siempre que acrediten su participación con las autoridades escolares.