Declara TEEH improcedentes 4 controversias
PACHUCA DE SOTO, 21 MAR/News Hidalgo/.- Por unanimidad de votos el pleno del Tribunal electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió cuatro Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, entre los que se encuentran:
La queja interpuesta como Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-030/2020) por Hugo Germán Jardinez, en su calidad de precandidato a presidente municipal por el Partido Acción Nacional (PAN) en Cuautepec de Hinojosa. Asunto a cargo de la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada.
El accionante impugnó la validez del acuerdo COE-010/2020, celebrado el 8 de marzo y declarado el 10 del mismo mes, para la elección de candidatos y declaratoria de candidaturas electas que registró el PAN en Hidalgo relativo al proceso electoral 2019-2020 y señaló como responsable a la Comisión Organizadora Electoral de este partido político.
Germán Jardinez indicó que tal acuerdo le generó un agravio y pretende obtener la nulidad de éste, a través del vía per saltum; acción que los magistrados declararon improcedente y determinaron remitir a la Comisión de Justicia Partidaria de este instituto político, la cual deberá pronunciarse sobre la legalidad del acto impugnado en un plazo de tres días naturales, en un plazo de 12 horas notifique al interesado y en las siguientes 24 horas emita la resolución a este órgano jurisdiccional.
Referente a la controversia presentada por Jazmín Hernández Cerón, en su calidad de precandidata a la presidencia municipal de Atitalaquia por el PAN, bajo el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano con expediente TEEH-JDC-031/2020 que revisó la ponencia del magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez.
Por medio del cual acusó a la Comisión Organizadora Estatal Electoral de Acción Nacional de permitir la presencia de dos funcionarios públicos durante la elección interna de precandidatos.
Establecieron, los magistrados, la improcedencia del asunto puesto que el TEEH está imposibilitado para resolver por la vía per saltum dicho tema, ya que este órgano jurisdiccional debe respetar la vida interna de los partidos políticos como lo señala la constitución.
Fue así que determinaron que la promovente agote las instancia previas, es decir, acuda ante la Comisión de Justicia Partidaria del PAN para que le resuelva en un plazo de tres días naturales y le notifique en un plazo de 12 horas, en caso contrario dicha comisión recibirá una medida de apremio, luego de 24 horas deberá remitir constancia ante el TEEH.
En tanto, José Felipe Alejandro Téllez Islas, en su calidad de militante del PAN del municipio Santiago Tulantepec, interpuso vía per saltum el juicio con expediente TEEH-JDC-032/2020, en contra del convenio para la postulación de la candidatura común del Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática, en esa localidad, bajo el acuerdo CPN/SG/002/2020, así como de la providencia SG/061/2020 que autoriza la invitación para la designación de los candidatos a cargos de regidores/regidoras en Ayuntamientos en las posiciones 3, 4 y 6 en el municipio para el Proceso Electoral 2019-2020 en Hidalgo.
Tras el estudio realizado al caso por parte de la ponencia de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, el pleno del TEEH prescribió como improcedente al no haber agotado la instancia intrapartidista. Por ello, determinaron reencausar la controversia a la Comisión de Justicia partidista de Acción Nacional con la finalidad de que ésta conozca el medio de impugnación. Asimismo, ordenaron al presidente del Consejo Ejecutivo Nacional y a la Comisión Permanente del Consejo, nacional y estatal, remitan las constancias del juicio.
En otro tema, Araceli Maza López, imputó a la Comisión de Elecciones de Morena la omisión para emitir el acuse de recibo para participar en los procesos de selección interna para presidente y presidenta, regidores y regidoras, así como síndicos y síndicas para el Proceso Electoral 2019-2020, a través del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (TEEH-JDC-033/2020).
Luego de analizado el asunto y a propuesta de la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada, el pleno del TEEH sentenció la improcedencia de la demanda debido a que no se agotaron las instancia previas previstas en la normatividad de Morena como lo es la Comisión de Honestidad y Justicia.
Así resolvieron reencausar el asunto a la mencionada comisión para su resolución; en un plazo de cinco días, notifique a los interesados la cedula de fijación y de retiro; luego de 24 horas notifique al órgano jurisdiccional y en 12 horas al accionante.
Link de la Sesión transmitida por:
Facebook: https://t.co/VddRxFNmZ0 https://t.co/U4TnW0InG0
Twitter: https://www.pscp.tv/w/cUU2wjFxTGpHVlZMWXB5S0p8MWt2SnBYVmFSe…